jueves, 9 de noviembre de 2017

INSTRUCTIVO CURSO DE RECUPERACION CALIDAD EGRESADO (PER)


Requisitos:

1.  Que el estudiante haya cumplido el plazo tres años a contar de la fecha de egreso de la carrera de Derecho, para completar los requerimientos exigidos y obtener el título profesional y/o grado correspondiente. O bien, que haya vencido el plazo que otorgó el curso PER que ha rendido anteriormente.
2.    Presentar forsol Art 56.

Descripción de Actividades
  • El estudiante debe Dirigirse a Registro curricular a regularizar su situación, donde se le entregará la ficha de reincorporación correspondiente, para que sea visada por bienestar estudiantil y matricula.
  • En la ficha de reincorporación, en el campo se observación, se indicará lo siguiente:
  • Fecha de egreso ( semestre/año)
  • Si cuenta con cursos PER anteriores
  • Que se indique que el estudiante desea realizar curso PER

La ficha de reincorporación debe ser devuelta a registro curricular con los timbres respectivos de bienestar estudiantil y matricula.

Si es visado por ambas unidades, se procede a entregar forsol al estudiante, con el pago de las  estampillas, más la carta dirigida a VRA, para posterior envío al jefe de carrera.

Si no es visado por las unidades, se solicitará a estudiante que regularice su situación

Una vez que el jefe de carrera ha dado su visto bueno, respecto a la reincorporación, el forsol debe ser devuelto al DIRC, más el informe respectivo.

El forsol se archiva en carpeta de estudiante
Se procede a registrar en sistema académico la inscripción de la actividad curricular.

Resultado esperado:

Controlar el proceso de reincorporación por perdida de calidad de egresado e inscripción en curso PER.